Empresas

LTDA, SAS, S.A., ¿en qué consisten los “apellidos” de las empresas?

tipos de sociedades

Uno de los temas a los que se tienen que enfrentar los pequeños empresarios, y en general todas las personas que están pensando en constituir una empresa, es el tipos de sociedades que existen o el “apellido” que la empresa llevará consigo. Parece muy común y corriente (porque lo vemos en el día a día) pero sabemos que es algo con lo que todas las pymes deben tener cuidado. Por eso hablamos con Daniel Restrepo, abogado de Taller A, para que nos contara cuáles son los apellidos que pueden llevar las empresas y entre estos cuál es el que puede favorecer más la tuya.

Lo primero que hay que aclarar, según él, es que hay dos tipos de sociedades: de capital, que se crean teniendo en cuenta el capital o el activo de la compañía; y sociedades de personas que no tienen en cuenta lo anterior sino a las personas que las componen.

Sociedades de personas

Limitadas (LTDA)

Este tipo de sociedades deben estar fundadas en relación a las personas y tienen que tener como mínimo dos miembros. Estas sociedades generan una responsabilidad importante en las personas que la componen, lo que quiere decir que si, por ejemplo, adquieren una deuda con un empleado o con la DIAN y la sociedad no tiene en su momento con que respaldarla, los socios deben asumirla, por lo que el tema de la responsabilidad de los socios es muy importante. Pero, también hay que preguntarse ¿hasta dónde va la responsabilidad de esos socios? Hasta el monto de sus aportes. Lo que significa, por ejemplo, que si un acreedor quiere demandar a la empresa, los socios deberán pagar hasta el monto de sus aportes: si un socio tiene un 50% y dos socios tienen un 25%, la deuda se asume en esos porcentajes.

En Comandita Simple

En este tipo de sociedades aparece una persona que lleva el rango de “socio gestor” y otros que son llamados “socios ocultos”. Se utilizaba mucho anteriormente en familias, pues cuando un papá o un abuelo querían montar una empresa, asumían el papel de socios gestores y eran los que administraban y tomaban decisiones y por debajo estaban otras personas (los hijos) que eran socios ocultos y no hacían nada dentro de la empresa, pero recibían una utilidad. Era muy común que en sociedades de familia el papá creara esto para que los hijos, cuando él no estuviese, tuvieran una empresa montada.

A pesar de que estos tipos de empresa tuvieron relevancia en su momento hoy no es muy común que los empresarios piensen en constituir sociedades de personas, pues estas exigen que cuando un miembro vaya a salir se tenga que hacer, obligatoriamente, una reforma de los estatutos. Lo contrario pasa en las sociedades de capital, que básicamente dependen (como su nombre lo indica) del capital de la empresa. Ya no miramos a la persona, sino cuántos recursos tiene invertidos dentro del patrimonio de la empresa, de allí que, por ejemplo, si un socio o accionista se va de la compañía no se deba hacer una reforma de estatutos mientras no se afecte el capital de la empresa.

Sociedades de capital

Dentro de las sociedades de capital hay dos tipos, ambas tienen un registro similar por lo que es importante señalar sus características una a una:

Sociedad por Acciones Simplificada (SAS)

  • A las SAS se les puede poner un objeto indeterminado, lo que quiere decir que pueden hacer cualquier actividad lícita de comercio.
  • Las SAS además pueden tener un accionista único: si yo soy un emprendedor que desconfía, por todos los mitos que hay frente a las sociedades y quiero crear una empresa como accionista único, esta es la oportunidad.
  • La duración de la sociedad es a término indefinido.
  • Cuando un socio es parte de una SAS y esta exige un aporte de los socios, estos tienen, a diferencia de una sociedad anónima, dos años para pagar y esto para un empresario puede significar algo muy positivo, porque tienen muy buen tiempo para dar su aporte.
  • El tema de creación de acciones puede ser de gran beneficio, porque se puede dar, por ejemplo, que uno de los socios (en acuerdo con los demás) pueda crear acciones con diferentes tipos de privilegio. Alguien podría (dado el caso) crear una acción que le permita participación en toda la toma de decisiones, lo que quiere decir que tendría gran influencia para la toma de decisiones de la empresa.
  • Uno de los únicos problemas de las SAS es que no todas las actividades de comercio pueden enmarcarse dentro de ellas. Hay unas actividades que por su legislación especial solo pueden ser realizadas dentro de sociedades anónimas: temas de seguros, bancarios, divisas y seguridad privada.

Sociedad Anónima

  • En este tipo de sociedades se deben establecer todas y cada una de las actividades que va a efectuar la sociedad entonces, por ejemplo, si una empresa de comunicaciones en algún momento quiere cambiar su trabajo al tema de propiedad raíz, se verá obligada a cambiar sus estatutos e incluir la actividad que va a empezar a realizar, lo que implica hacer actas y registros en Cámara de Comercio.
  • Esta sociedad exige como mínimo cinco socios que la conformen.
  • En las Sociedades Anónimas también se debe tener en cuenta el tema de “duración en el tiempo” donde tendrás que poner una fecha de duración de la sociedad, lo que implica que después de que este tiempo pase, la empresa puede entrar en “causal de disolución” y los socios deberán estar muy atentos para renovar.
  • Cuando un socio hace parte de una sociedad anónima y esta exige un aporte de los socios, estos tienen un año para pagar y si no lo hacen pueden ser excluidos.

Teniendo todo esto en cuenta Daniel Restrepo recomienda a los emprendedores y empresarios, por temas de manejo, flexibilidad, por la posibilidad de ser accionistas únicos y por los estatutos crear Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), pues se les facilitaran muchos puntos del manejo legal de la empresa.

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